Esta es una Constitución revolucionaria (II Parte y Final)

Por: Yunier Sarmientos Semanat

Tal vez los cubanos estemos participando por estos días en la consulta popular más grande de la historia nacional. No importa la edad, el nivel de escolaridad o la cultura jurídica que aunque deficiente, ha bastado para solicitar la aclaración de una duda, una petición de modificación o supresión del Proyecto de Constitución de la República de Cuba que desde el día 31 de julio circula por hogares, barrios, escuelas y centros laborales de todo el país.

En la Universidad de Oriente, por ejemplo, los profesores y trabajadores de la Facultad de Derecho retomaron el análisis de los 224 artículos que componen la futura Carta Magna. Los docentes coincidieron en la necesidad de impulsar desde el propio texto constitucional la formación comunista de las nuevas generaciones.

De igual forma el Dr.C. Reinier Limonta propuso incluir en el párrafo 270 la alusión a la cultura cívica, pensar en un título destinado en las políticas públicas y al mismo tiempo incorporar la consulta popular en la aprobación del sistema tributario, monetario y financiero cubano.

Por otro lado la Dra.C. Danelia Cutié Mustelier enfatizó en el control de la constitucionalidad de las leyes desde el momento de su elaboración hasta en el de la aplicación; sobre esto el profesor Dr.C Arzur Vázquez Pérez explicó que ese control debe estar en manos de un Tribunal Constitucional.

Uno de los tópicos más abordados fue la estructura del Estado referida en el Título VI. En este punto la joven licenciada Dianelis Zaldívar Valdés consideró como un retroceso en el proceso democrático llevado a cabo en el país, la designación del Gobernador provincial.

“Deben ser electos por el pueblo los principales cargos de la República, desde el Presidente hasta el Intendente”, señaló. En este sentido el profesor M.Sc Pedro Arjona Sánchez entendió que la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) debe elegir a través del voto indirecto al Presidente y al Vicepresidente, pero en la boleta deben estar al menos dos propuestas para cada uno de estos cargos; en tanto el Dr.C. Reynaldo Suárez consideró que la Asamblea debe proponer al candidato a Jefe de Estado, y la ciudadanía mediante un plebiscito es la que debe reafirmar tal decisión, o no.

“Si hemos acordado formar una República con un Presidente y un sistema presidencialista, qué hace un Consejo de Estado. Esa estructura es propia de un sistema parlamentario como hasta hoy lo tenemos aquí”, consideró Arjona al referirse al párrafo 291.

Los presentes se refirieron además, al funcionamiento del máximo órgano del poder popular, la cantidad de diputados que lo integran, el tiempo -insuficiente- en que sesiona, así como la necesidad de garantizar el acceso de la ciudadanía a la información que emerge de cada una de las jornadas de trabajo del Parlamento, más allá de lo que transmita la televisión nacional.

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