La Resolución Rectoral No. 1073 / 18, es emitida con el propósito de establecer los parámetros para nombrar y utilizar los espacios universitarios designados como salones, teatros y anfiteatros. La misma aprueba los procedimientos para la gestión del funcionamiento de las áreas nombradas.
Se reestructuran y nombran los Teatros, Anfiteatros y Salones de la Universidad de Oriente de las siguientes formas por lo cual ya no serán reconocidos por los nombres anteriores en ningún documento oficial.
Sede Antonio Maceo Grajales:
Salón Del Rectorado: Subordinado al Despacho de la Rectora. Uso oficial y protocolar.
Teatro Universitario: Subordinado a la Dirección de Extensión Universitaria (DEU). Uso variado para actividades académicas, culturales, científico investigativas, entre otras, desarrolladas por la institución.
Salón “Vilma Espín”: Subordinado al Departamento de Protocolo. Destinado para el desarrollo de las sesiones del Consejo de Dirección, actividades solemnes y reuniones importantes con las autoridades del PCC, el Estado, el Gobierno y el MES.
Salón “65 Aniversario”: Subordinado al Departamento de Protocolo. Su empleo específico está determinado por orden de prioridad para el desarrollo de las videoconferencias (equipamiento tecnológico fijo), celebración de actos de defensa de tesis doctorales; así como en reuniones de carácter general que lo requieran. Puede alquilarse a otras instituciones y organismos.
Salón “70 Aniversario”: Se encuentra ubicado en los bajos de la Secretaría General. Subordinado al Departamento de Protocolo. Podrá acoger los claustros de las Facultades, recepciones oficiales en el marco de eventos, conferencias, actos de entrega de títulos, condecoraciones, medallas, reconocimientos y otros; como salón de atención protocolar a delegaciones oficiales, también será espacio propicio para desarrollo de actividades que incluyan encuentros de almuerzos, cenas y otros servicios protocolares afines a estos menesteres.
Sede Julio Antonio Mella:
Salón “Roberto Soto Del Rey”: Subordinado a la Vicerrectoría de Investigación y Posgrado (VRIP). Su empleo está destinado, por orden de prioridad al desarrollo de sesiones del Consejo Científico, actos de predefensa y defensa de tesis de doctorado, así como reuniones de carácter general que lo requieran. También cogerá actividades oficiales y protocolares en el marco de eventos, conferencias y acciones de internacionalización que demande atención a delegaciones oficiales en el contexto de la sede.
Teatro del Polifuncional: Subordinado a la Dirección de Extensión Universitaria. Se encuentra en el contexto del proyecto Casa Estudiantil, ubicado en el edificio polifuncional, entre la residencia estudiantil y el área de cocina-comedor; por lo que su utilización podrá ser variada en dependencia de las características de las actividades que promuevan las organizaciones de masas para la comunidad universitaria.
Anfiteatros José (Pepito) Tey Saint Blancard, Frank País García, Josué País García y “Pedro Cañas Abril”: Subordinado al Departamento de Protocolo. Su empleo está destinado al desarrollo de actos de predefensa y defensa de tesis de doctorado y maestría, eventos, conferencias, cursos de posgrado; así como reuniones de carácter general.
Teatro “Manuel Piti Fajardo”: ubicado en la entrada de la Facultad de Ciencias de la Educación. Subordinado a la Dirección de Extensión Universitaria. Su empleo está destinado al desarrollo de los claustros de las Facultades, actos, eventos, conferencias, cursos de posgrado; así como reuniones de carácter general.
Además de las normas generales de conducta y educación formal del CES, se establecen como normas de comportamiento en los espacios antes mencionados, las siguientes:
– El personal concurrente debe acudir con un vestuario adecuado y coherente con las normas sociales de la institución, no se aceptará la entrada en short, chancletas, desmangadas, camisetas, tirantes, prendas y objetos con símbolos extranjerizantes.
– No deben proferirse palabras obscenas, hablar en voz alta o alterar el orden de cualquiera otra forma.
– No se ingerirán alimentos, ni se consumirá bebidas alcohólicas, ni se podrá fumar, además de abstenerse de arrojar desechos al piso.
Los Salones y Anfiteatros no relacionados en la presente Resolución, continuarán subordinados y gestionados por las Facultades, Centros Universitarios Municipales (CUM) y las Entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación (ECTI), según corresponda.
Nota: para información puede remitirse directamente a la Resolución Rectoral No. 1073 / 18 Teatros y Salones de la Universidad de Oriente.
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